NORMAS E INFORMACIÓN

 

 

NORMAS DE PARTICIPACIÓN EN FIDUERO 2019

Asociaciones Estar dadas de alta en el registro de asociaciones de la localidad
Asociaciones y clubes sin ánimo de lucho reserva de espacio para la reali9zación de actividades relacionadas con el evento.

1.- LUGAR, FECHAS, HORARIO Y SECTORES
La XXXII FERIA DE LA RIBERA, “FIDUERO”, cuya realización corre a cargo del Ayuntamiento de Aranda de Duero (en adelante el organizador), se celebrará en el recinto ferial de esta ciudad, sito en el Polígono Industrial Allendeduero, calle Santander-3, los días 6, 7 y 8 de septiembre de 2019.
El horario de la feria será de 10 a 14,30 y de 17 a 21 horas.
El acto de inauguración quedará fijado por el organizador y será debidamente comunicado a los participantes.
Será obligación del expositor la ocupación y permanencia en el stand durante el horario de la feria, así como la exposición de los productos descritos en la solicitud, siempre que estén relacionados con los sectores autorizados por el organizador, que en este caso serán los siguientes:
– Maquinaria y suministros industriales, agrícolas y ganaderos.
– Vitivinícola e industria agroalimentaria.
– Automoción, transporte y comunicación.
– Comercio.
– Construcción e inmobiliario.
– Medioambiental y energético.
– Hostelero, ocio y turismo.
– Servicios sanitarios, informáticos, oficinas técnicas, etc.
– Tecnológico

Normativa sectorial de productos: el expositor se compromete a exponer y comercializar productos y servicios cumpliendo íntegramente la normativa legal aplicable para su venta, haciéndose responsable caso de incumplimiento de la misma.
2.- SOLICITUD, PLAZO Y FORMA DE PARTICIPACIÓN.
2.1. Los expositores deberán remitir la solicitud de inscripción debidamente cumplimentada, consignando claramente los datos de mayor interés (entidad, superficie, rótulo, conexión eléctrica, almacén, etc.). Para la correcta instalación de los servicios será indispensable enviar plano con la ubicación deseada. En caso contrario se situarán a criterio del organizador.
El organizador no se responsabiliza de los daños que pudieran resultar directa o indirectamente de indicaciones erróneas o incompletas que figuren en el formulario de inscripción.
2.2. Plazo de inscripción: la solicitud deberá realizarse a través de la página web del Ayuntamiento de Aranda de Duero, https://www.arandadeduero.es dentro del plazo de inscripción que comenzará el 12 de junio y finalizará el 15 de julio de 2019. No obstante, el organizador se reserva el derecho de variar los plazos contenidos en estas normas. Finalizado dicho plazo se mantendrá abierta la posibilidad de inscribirse a efectos exclusivamente de completar el espacio libre, caso de no haberse cubierto con las inscripciones en plazo, o para sustitución de bajas que pudieran darse.
2.3. La participación como expositor se podrá hacer de forma individual o colectiva. En este segundo caso, preferentemente podrán participar las asociaciones de la localidad legalmente constituidas, que tengan entre sus fines promover el desarrollo económico, industrial y comercial del territorio en beneficio del interés general. La inscripción colectiva se realizará en una única solicitud en la que constará la relación de asociados o empresas colaboradoras que participen; se presentará una memoria que incluirá la ficha individualizada de cada expositor con los datos del formulario de inscripción; a modo orientativo, además del número de expositores, la memoria contendrá el programa de actividades, singularidades de montaje, etc., así como cualquier pormenor que pueda ser de interés para el organizador. Caso de haber más de una solicitud colectiva, la distribución del espacio se hará atendiendo a criterios de proporcionalidad en función del número de expositores y contenido de la memoria (caso de discrepancias resolverá el órgano correspondiente).
El Organizador se reserva el derecho de no aceptar solicitudes total o parcialmente que por cualquier causa determine, en especial las cumplimentadas de forma incompleta, error manifiesto, falsedad en la información, si no hubiera suelo disponible, y las que se estime que no reúnen las condiciones para su participación con relación al objeto y criterios de imagen que el organizador quiera dar al evento. Si los productos no se ajustan a los objetivos del certamen o por seguridad, se podrá proceder a la retirada de los mismos si no se hubiesen respetado las indicaciones dadas. En tales casos el expositor no tendrá derecho a indemnización o devolución de importe alguno.
Siempre que sea posible, la inscripción se acompañará con fotos del tipo de stand a montar, especialmente los de agroalimentación, a los que se les podrán requerir caso de no enviarlas.
3.- ACEPTACIÓN DE PARTICIPACIÓN, ADJUDICACION, CESIÓN Y MODIFICACIÓN DE ESPACIOS
Con las solicitudes de inscripción recibidas, se procederá a la adjudicación de espacios. No obstante, la aceptación de participación queda reservada al organizador.
La superficie a ocupar por cada expositor será asignada por el organizador, otorgando una superficie mínima de 9 m2 para expositores de interior y de 100 m2 para expositores de exterior.
En la adjudicación de espacios el organizador tendrá en cuenta los datos de la solicitud con carácter orientativo, no siendo vinculantes. La adjudicación de los espacios para los stands se efectuará preferentemente por mayor tamaño de parcela, participación en ediciones anteriores, variedad de sectores y productos representados, y orden de inscripción.
Una vez realizada la adjudicación y comunicada la ubicación definitiva a los expositores no habrá posibilidad de alegación ni cambio alguno (será válida la comunicación realizada por correo electrónico).Únicamente por circunstancias especiales, técnicas, de seguridad o de organización, podría modificarse la ubicación del expositor, comunicándole la variación con la antelación suficiente y asignándole un espacio de características similares al inicialmente adjudicado. La renuncia a participar por estas circunstancias no dará derecho a indemnización alguna procediéndose a la devolución del importe abonado.
Cesión de espacio: Queda prohibida la cesión de derechos a terceros.

4.- SEGUROS
El organizador no se responsabilizará del robo o hurto de los objetos depositados en los stands, ni de los daños que puedan sufrir durante los periodos de montaje, celebración y desmontaje. Por lo que cada expositor deberá contratar el correspondiente seguro que cubra dichos riesgos. Asimismo deberá tener contratado un seguro de responsabilidad civil para la feria.
5.- PUBLICIDAD
El Organizador otorgará la mayor promoción posible a la celebración de la feria por lo que podrá difundir la lista de expositores en aquellas ediciones promocionales relacionadas con el certamen.
Los expositores se situarán en sus respectivos stands, quedando prohibidas las acciones publicitarias fuera de los mismos y éstas no podrán apartarse de la temática general del certamen.
Los derechos de propiedad intelectual que puedan derivarse de las acciones realizadas por los expositores serán asumidos por ellos.
Cualquier acción publicitaria por parte de un expositor no podrá afectar el desarrollo normal de la feria o causar un perjuicio a otros expositores, por lo que el organizador se reserva el derecho de exigir el cese de la misma.
6.- MONTAJE DE STANDS, MERCANCÍAS Y DEMOSTRACIONES.
6.1.-MONTAJE Y DESMONTAJE
Salvo indicación en contrario el montaje de stands podrá iniciarse desde las 16:30 h. del día 3 de septiembre y deberá encontrarse todo montado antes de las 22:00 h. del jueves 5 de septiembre de 2019, quedando prohibida la entrada de vehículos, maquinaria y materiales en el pabellón a partir de dicha hora, con el fin de proceder al acondicionamiento y limpieza de las instalaciones.
El desmontaje de los stands y retirada de productos u objetos expuestos no podrá iniciarse antes de las 21:30 horas del domingo 8 de septiembre, hasta las 23:30 horas de ese día. Estos trabajos podrán reiniciarse desde las 08:00 hasta las 20:00 horas del día siguiente, hora en la que finalizará el plazo para retirar mercancía y materiales utilizados en la feria. A partir de ese momento cualquier objeto que quede en el recinto se considerará material de desecho y podrá ser retirado por los servicios del ayuntamiento, no responsabilizándose el organizador de la feria de los mismos.
El acceso con vehículos al interior del pabellón se hará, cuando sea posible, y exclusivamente por el tiempo estrictamente necesario para la carga y descarga de materiales, quedando prohibido dejar estacionados los mismos en el interior. Durante la feria se dejará libre la zona de carga y descarga habilitada al efecto en la entrada de carruajes del exterior del pabellón.
Queda prohibido alterar o modificar los elementos constructivos del recinto y sus instalaciones: pintar, perforar paredes, pavimentos o pilares; fijar moquetas, colgar sobrecargas en cerchas o utilizar cualquier elemento constructivo de fábrica permanente que no tenga carácter desmontable. Igualmente rige para los paneles de los stands. Los gastos de reparación que se pudieran ocasionar del incorrecto uso de los mismos serán a cargo del expositor.
Si algún expositor realizara el montaje de stands de diseño o especiales (diferentes al suministrado por la organización), deberá cumplir con la normativa general y sectorial aplicable, realizar proyecto o memoria técnica si fueran necesarios, debiéndolo hacer constar al organizador, que se reserva la posibilidad de denegarlo si no pudiera realizarse por circunstancias de altura, peso, etc., siendo el expositor el responsable de la seguridad estructural y constructiva del mismo. Los materiales para la construcción de estos stands deberán observar la normativa vigente y de resistencia al fuego.
Personal a cargo del expositor: el expositor se compromete a identificar a las empresas contratadas para el montaje de su stand y a la persona encargada del seguimiento y cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales en la realización de trabajos en el área de exposición. Deberán tener contratado el correspondiente seguro de responsabilidad civil y accidentes y el personal contratado deberá cumplir con la legislación laboral vigente.
Los expositores deberán observar el máximo esmero en la decoración de cada stand, así como en la limpieza de los mismos. La Organización se reserva la posibilidad de indicar a los expositores modificaciones que se consideren oportunas con el fin de mejorar la imagen del certamen en lo referente a diseño y ornato de los mismos, debiendo prevalecer en cualquier caso el criterio expositivo que persigue la muestra, sobre el de acumulación de mercancía para venta, en especial para el sector de agroalimentación.
Seguridad y servidumbres: el expositor y montadores respetarán la ubicación de los elementos de señalización contra incendios, extintores, bocas de incendio, salidas de emergencia y se dejarán visibles y accesibles estos elementos, aun cuando estén dentro de los espacios contratados para su stand. El organizador se reserva el derecho de poder colocar este tipo de señalética, si fuera necesaria, en cualquier punto del stand, procurando el menor perjuicio al expositor.
6.2.- MERCANCÍAS
La entrada de mercancías deberá estar identificada y recepcionada por el propio expositor.
El horario de reposición de la feria será de 09,15 a 9,45 y de 16,15 a 16,45 h. La reposición se hará por medios manuales, no pudiendo entrar vehículos al pabellón.
Ningún objeto ni mercancía podrá ocupar más espacio que el delimitado por el stand, ni ocupar espacios comunes o pasillos.
6.3.- DEMOSTRACIONES
Quedan prohibidas las demostraciones particulares que emitan sonidos o ruidos que interfieran el desarrollo de la actividad de otros expositores. La instalación de megafonía particular, audiovisuales, etc., no podrá afectar a los stands colindantes. A criterio del organizador, a través del servicio de audiovisuales de la Feria, se podrán dar a conocer las actividades o demostraciones que se deseen realizar.
Quedan prohibidas las emisiones de gases y el almacenaje, exposición y manipulación de materias peligrosas, inflamables o insalubres.
Fuera de cada stand se podrán permitir pruebas o demostraciones, en el lugar que el organizador designe, debiendo contar siempre con su autorización expresa. Para ello, el expositor deberá solicitarlo por escrito en el boletín de inscripción (en el apartado “otros datos a tener en cuenta”).
6.4.- ACTIVIDADES DE INTERÉS GENERAL O RECREATIVAS.
Con objeto de dinamizar y mejorar los servicios de la feria a visitantes, los expositores podrán presentar a la organización la realización de actividades divulgativas, de interés general u ocio, pudiéndose acoger por este hecho a las bonificaciones que para tal fin se recogen en el precio público aprobado.
Para tener esta consideración, y poderse beneficiar de la bonificación, las actividades deberán transmitir formación o conocimiento general, tales como catas técnicas de productos, restauración o agroalimentación, aplicación de novedades técnicas, nuevas tecnologías y servicios, medio ambiente, eficiencia energética, responsabilidad social corporativa, acciones benéficas sin ánimo de lucro, etc., quedando excluidas las demostraciones encaminadas a vender directamente un producto o marca concretos, o con un fin exclusivamente publicitario, así como las rifas y sorteos. La misma consideración bonificada tendrán las actividades que se puedan programar por los expositores en materia de ocio, recreo o tiempo libre (hinchables, actuaciones, teatralizaciones, etc.). En todo caso se deberá presentar una memoria descriptiva de las mismas para su evaluación.
Si se plantearan actividades relacionadas con la restauración, tipo show cooking, solo se permitirá utilizar microondas, hornos eléctricos que no requieran instalación y vitrocerámicas eléctricas, nunca aparatos de llama o que necesiten salida de humos o gases.
Tanto los gastos como la responsabilidad derivada de la realización de las demostraciones o actividades correrán por cuenta de la firma expositora.
7.- CONDICIONES PARA LA AGROALIMENTACIÓN
Se podrá participar de forma individual o colectiva. En este segundo caso podrán participar expositores agrupados en denominaciones de origen, marcas de calidad, IGP,s., etc., preferentemente de la región, para los que se habilita un espacio limitado al que se deberán adaptar, dentro del sector de la agroalimentación. La inscripción colectiva se realizará en una única solicitud en la que constará la relación de los asociados que participen y una memoria similar a la descrita en el punto 2.3 de estas bases.
Cada expositor deberá cumplir con la normativa y requisitos que impone la normativa sanitaria para la venta de productos de alimentación, debiendo contar con toda la documentación y permisos necesarios para su presentación en caso de que fueran requeridos por el órgano sanitario competente.
El expositor deberá reunir y cumplir las condiciones exigidas por la normativa reguladora del producto o productos objeto de venta y estar dado de alta en la actividad correspondiente. Además deberá tener una dirección y hoja para posibles reclamaciones.
La exposición y venta de productos agroalimentarios quedará limitada a los que se indiquen en la hoja de inscripción. No se podrá realizar la venta al corte debiendo estar el producto debidamente envasado y etiquetado, y deberá realizarse conforme exija la normativa vigente de cada producto.
Toda anomalía derivada de la manipulación o conservación de los alimentos será responsabilidad del expositor, que responderá por los posibles daños que puedan derivarse de su actuación. Para hacer frente a estos supuestos deberá tener el correspondiente seguro que cubra las responsabilidades derivadas de la actividad.
Asimismo cualquier expositor que dé degustación de bebidas o alimentos asume la responsabilidad frente a terceros por reclamaciones que tengan su origen en esta acción, exonerando al organizador de cualquier responsabilidad al respecto.
Dado el carácter de desarrollo y promoción del territorio que persigue la feria, en la selección de expositores se atenderá preferentemente a aquellos que presenten productos de Aranda y la comarca, primando el criterio de diversidad en la selección para que pueda haber muestra de una mayor variedad.
La organización podrá invitar gratuitamente en cada edición a denominaciones de origen, marcas de calidad o indicaciones geográficas protegidas, con el fin de complementar la calidad y oferta de este sector.
8.- INSTALACIONES, SERVICIOS Y ACREDITACIONES:
El expositor no podrá hacer ninguna modificación ni manipulación en la instalación eléctrica del stand, limitándose a conectar sus receptores a la toma de corriente destinada a tal fin por el instalador de la feria.
Están previstos los siguientes servicios: oficina administrativa, información, ambulancia, autobuses, audiovisuales, seguridad y limpieza de espacios comunes, wifi, iluminación, corriente eléctrica, aparcamiento para expositores y público asistente. Para suministro de agua o cuadro eléctrico especial deberá solicitarse y consultarse expresamente a la organización.
Cada firma tendrá derecho a 4 acreditaciones personales y 1 de aparcamiento reservado a expositores. Dichos pases deberán llevarse visibles para poder hacer uso de los derechos que se tengan como expositor.
Los expositores podrán acceder a los stands con su acreditación 15 minutos antes de la apertura de la feria. Se les recomienda permanecer en ellos hasta el desalojo del recinto, una vez cerrada la misma. También deberán mantener su acreditación durante el desmontaje de stands con el fin de mejorar el control de la seguridad por el servicio de vigilancia.
9.- PRECIO, FORMA DE PAGO, RENUNCIAS Y PLAZOS:
Se establece un precio público aprobado por el Ayuntamiento (ver información general). Dicho precio dará derecho a la utilización de los servicios de la Feria y del espacio adjudicado.
El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de poder invitar gratuitamente a centros de educación o emprendedores con el fin de exponer sus acciones, proyectos, galardones concedidos, etc., por su actividad innovadora.
Una vez estudiadas las solicitudes, se procederá a la adjudicación definitiva del espacio, que será notificado junto al documento de pago para el ingreso del importe en una de las entidades bancarias que se indiquen.
La fecha límite para el pago será el 10 de agosto de 2019, salvo indicación en contrario.
Si por cualquier circunstancia quedasen espacios libres después de finalizados los plazos, tanto de inscripción como de pago, y hubiese alguna entidad interesada en exponer, esta podría hacerlo abonando el importe correspondiente antes del día que se le indique, no teniendo asegurado estar incluida en la relación de empresas expositoras que se pueda editar.
Una vez comunicada por el Ayuntamiento la reserva del espacio a ocupar, el expositor quedará obligado al pago del precio, aunque por cualquier causa no asistiera a la feria, salvo si comunica por escrito su renuncia en los 5 días hábiles siguientes a la comunicación de la adjudicación. Toda vez que el organizador no tenga constancia del ingreso en los plazos indicados, el expositor perderá todos los derechos, pudiéndose disponer del espacio asignado para otro interesado.
Caso de que el Organizador se viera obligado a la suspensión, cambio de fechas o desconvocar la feria, se devolverá a los expositores las cantidades entregadas, sin que éstos tengan derecho a indemnización alguna por esta circunstancia.
10.- VIGILANCIA
Durante los días de instalación, celebración y desmontaje de la feria, el Organizador contará con un servicio de vigilancia del recinto interior y exterior, de carácter preventivo y disuasorio, así como de orden público y seguridad general.
El organizador declina la responsabilidad de los posibles robos, sustracciones o deterioros de las mercancías propiedad de los expositores. La seguridad de las pertenencias particulares de cada stand será por cuenta del expositor. Caso de que se quiera contratar un servicio particular de seguridad, el expositor deberá comunicarlo al organizador de la feria.
Aceptación de las normas: todas las empresas que soliciten su participación como expositores aceptan estas normas, siendo de obligado cumplimiento tanto para las empresas expositoras como para las empresas instaladoras en la parte que las afecte y desarrollen trabajos por cuenta del expositor, por lo que éste se compromete a trasladar a dichas empresas estas normas para su conocimiento y efectos.
El incumplimiento de alguna de estas normas podrá dar lugar a la anulación de la solicitud o la no aceptación como expositor en nuevas ediciones.
Para la resolución de cualquier cuestión que pueda surgir se hará a través de la Comisión de Promoción, Turismo e Innovación a propuesta de su presidente.

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